CONSULTA LA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA SOLICITAR SU BONIFICACIÓN
El Ayuntamiento de Benacazón informa que entre las modificaciones de Ordenanzas Fiscales Reguladoras -aprobadas en Sesión Plenaria Extraordinaria y Urgente celebrada el pasado 4 de Noviembre-, se acordó la del "IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA" POR EL TIPO DE MOTOR, cuyo BANDO informativo adjuntamos en esta publicación destacando que, para poder beneficiarse de dicha bonificación para el próximo Ejercicio 2023, antes del próximo 31 de Diciembre de 2022 deberán presentar la Solicitud correspondiente (Impreso del OPAEF adjunto a acontinuación) en el Registro General del Ayuntamiento o en las oficinas del OPAEF (Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal de Diputación).
En este caso, los vehículos automóviles tendrán una Bonificación del 75% de la cuota del Impuesto cuando tengan motor eléctrico puro alimentado con baterías recargables, vehículos con motor de gases licuados del petróleo, vehículo con motor de gas natural y vehículo con motor híbrido (motor eléctrico gasolina, eléctrico diésel, eléctrico-gas), que minimicen las emisiones contaminantes.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA BENEFICIARSE DE ESTA BONIFICACIÓN DE IVTM:
- Último recibo IVTM.
- Copia del NIF del titular del vehículo, y, en su caso del representante y del documento que acredite la representación.
- Copia compulsada del permiso de circulación.
- Copia compulsada de la ficha técnica y cualquier otro documento en el que conste las características del motor.
- Copia del documento emitido por la DGT (Direc. Gral. Tráfico) en el que conste la clasificación medioambiental del vehículo o su incidencia favorable en el medio ambiente.
**RESUMEN GENERAL DE LAS MODIFICACIONES DE ORDENANZAS FISCALES REGULADORAS APROBADAS EN PLENO DEL 4 DE NOVIEMBRE DE 2022
Nombre | Tamaño | Tipo |
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solicitud bonif motor | 660,6 KB |