AYUDAS AL ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL PARA PERSONAS VULNERABLES (Consulta los Requisitos)
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PLAZO DE SOLICITUD: del 3 de noviembre al 2 de diciembre de 2025.

El Ayuntamiento de Benacazón informa de las Ayudas al Alquiler de Vivienda habitual, de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, destinadas a personas vulnerables. Según Orden de 8 de octubre de 2025, por la que se realiza la convocatoria 2025 para la concesión de ayudas al alquiler a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.
El Periodo Subvencionable es el comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.
*Plazo de presentación de solicitudes: del 3 de noviembre de 2025 al 2 de diciembre de 2025.
*Beneficiarios y requisitos:
1. Acreditación de ser personas víctimas de violencia de género, víctimas de trata con fines de explotación sexual, víctimas de violencia sexual, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.
2. Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda habitual que deberá ser igual o inferior a 600 euros mensuales.
3. Destinar la vivienda cuyo alquiler se subvenciona a residencia habitual y permanente.
4. Estar empadronada en Andalucía o acreditar mediante certificado de la Policía Local que acredite el establecimiento en la zona de más de un año de antigüedad.
5. No podrá ser beneficiaria la persona arrendataria cuando ella o cualquiera de las personas que componen la unidad de convivencia sea propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España.
*Conceptos subvencionables:
1. La renta arrendaticia de la vivienda, alojamiento o solución habitacional objeto del contrato de arrendamiento.
2. Gastos de comunidad con un máximo de 200 euros mensuales.
Más Información en los SERVICIOS SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO.
| Nombre | Tamaño | Tipo |
|---|---|---|
| AYUDAS ALQUILER (1) | 110,76 KB |
