PRESENTADA LA LÍNEA 7 DE AYUDAS PARA AUTÓNOMOS DEL PLAN DE EMPLEO Y APOYO EMPRESARIAL (PLAN CONTIGO)

PRESENTADA LA LÍNEA 7 DE AYUDAS PARA AUTÓNOMOS DEL PLAN DE EMPLEO Y APOYO EMPRESARIAL (PLAN CONTIGO)

21/01/2022

20220121_111441 ok

El Ayuntamiento de Benacazón informa sobre la presentación de la Línea 7 del Plan de Empleo y Apoyo Empresarial, incluido dentro del PLAN CONTIGO de la Diputación de Sevilla, que ha tenido lugar hoy viernes 21 de Enero en el Salón de Plenos de la Casa Palacio y que ha estado presidida por el Alcalde Pedro Oropesa, el Técnico del área de Desarrollo Local José Valero, los Concejales de Obras y Servicios Manuel Ortiz y de Comercio Diego Perejón, además de la persona que se ocupará de gestionar los trámites y atender a los interesados en solicitar estas ayudas, Blanca Pascual.

Esta Línea tiene como objetivo ayudar a los autónomos del municipio, tanto al mantenimiento de los ya constituidos antes de la pandemia, en concreto con anterioridad al 15 de marzo de 2020 que se han visto perjudicados por el estado de alarma y las consecuentes restricciones (para los que se destinan 70.000 €), así como a los autónomos de nueva creación que se den de alta actualmente con la finalidad de incentivar la actividad empresarial (para este caso se cuenta con 30.000 €), ascendiendo en total a 100.000 euros de ayudas para los solicitantes que reúnan los requisitos exigidos en la Normativa.

Durante la sesión informativa, los asistentes han expresado sus dudas sobre esta convocatoria de apoyo a los empresarios locales y al emprendimiento, exponiéndose los Requisitos necesarios para poder optar a estas subvenciones que describimos a continuación en dos líneas, en función de si son para Autónomos de nueva creación o bien para el mantenimiento de Autónomos ya constituidos y que se vieron perjudicados por la pandemia.

1.- REQUISITOS PARA SUBVENCIONES NUEVA CREACIÓN AUTÓNOM@S (IMPORTE: 3.000 €/POR AUTÓNOM@).

*El Plazo de Presentación en este caso es de 3 meses desde la publicación del extracto en el BOP (MODELO ANEXO I) y se resolverán por estricto orden de entrada en Registro:

  • Estar Desemplead@
  • Alta Autónom@ con posterioridad de la publicación del estracto en el BOP
  • Local de Negocio en Benacazón (excepto actividades que no lo requieran, que deberán acreditar domicilio fiscal y empadronamiento)
  • No haber estado de alta de autónom@ en los 3 meses anteriores a la Solicitud
  • Mantener la condición de Autónom@ durante un mínimo de 6 meses

2.- REQUISITOS PARA SUBVENCIONES MANTENIMIENTO DE AUTÓNOM@S (IMPORTE: 2.500 € MÁXIMO/POR AUTÓNOM@).

*El Plazo de Presentación en este caso es de 5 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOP (MODELO ANEXO I) y el procedimiento de concesión será por estricto orden de entrada en Registro:

  • Tener el local comercial o negocio en Benacazón con Licencia de Apertura o Declaración Responsable (excepto actividades que no lo requieran, que deberán acreditar domicilio fiscal y empadronamiento).
  • Estar de alta de Autónom@ con anterioridad al 15/03/2020
  • Haber suspendido la actividad: Cese o E.R.T.E.
  • Mantener la condición de Autónom@ durante un mínimo de 3 meses
  • Justificar los gastos a subvencionar

Para más información, destacamos que todos los anexos están publicados en las BASES de la Convocatoria que aportamos a continuación -publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) nº 14, del Miércoles 19 de Enero de 2022-, como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento. También estarán disponibles en papel en el Ayuntamiento, dirigiéndote a la Agencia de Desarrollo Local (Plaza Blas Infante, 1. Tfno. 955709999) o bien solicitarlas en el correo electrónico adlbenacazon@dipusevilla.es

 

BASES DE LA CONVOCATORIA:
Nombre Tamaño Tipo
BASES AYUDAS AUTÓNOMOS 768,6 KB