BANDO "MODIFICACIONES FISCALES IBI URBANA 2023" POR LA INSTALACIÓN DE SISTEMAS PARA EL APROVECHAMIENTO DE ENERGÍA SOLAR - PLAZO DE SOLICITUD HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2022

BANDO "MODIFICACIONES FISCALES IBI URBANA 2023" POR LA INSTALACIÓN DE SISTEMAS PARA EL APROVECHAMIENTO DE ENERGÍA SOLAR - PLAZO DE SOLICITUD HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2022

CONSULTA LA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA SOLICITAR SU BONIFICACIÓN

Esta Bonificación se otorgará por el plazo de 3 años improrrogables desde la Solicitud

Bando IBI Placas Solares 2023

El Ayuntamiento de Benacazón informa que entre las modificaciones de Ordenanzas Fiscales Reguladoras -aprobadas en Sesión Plenaria Extraordinaria y Urgente celebrada el pasado 4 de Noviembre-, se acordaron "MODIFICACIONES FISCALES IBI URBANA 2023" POR LA INSTALACIÓN DE SISTEMAS PARA EL APROVECHAMIENTO DE ENERGÍA SOLAR, cuyo BANDO informativo adjuntamos en esta publicación destacando que, para poder beneficiarse de dicha bonificación para el próximo Ejercicio 2023, deberán presentar en el Registro General del Ayuntamiento o en las oficinas del OPAEF la Solicitud correspondiente antes del próximo 31 de Diciembre de 2022 (MODELO 01.02 del OPAEF, adjunto a acontinuación).

En este caso, se introduce la Bonificación del 25% en viviendas en las que se hayan instalado Placas Solares para el aprovechamiento térmico o eléctrico, proveniente de Energía Solar para Autoconsumo.

La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la administración competente. 
 
**Esta bonificación se otorgará por el plazo de 3 años improrrogables desde la solicitud.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA BENEFICIARSE DE ESTA BONIFICACIÓN DE IVTM:

- Último recibo IBI.

- Copia del NIF del titular de la vivienda, y, en su caso del representante y del documento que acredite la representación.

- Certificado de instalador autorizado, indicando la fecha de instalación y que la misma se encuentra en correcto funcionamiento.

- Copia de la licencia municipal de obra o declaración responsable presentada.

  

*RESUMEN GENERAL DE LAS MODIFICACIONES DE ORDENANZAS FISCALES REGULADORAS APROBADAS EN PLENO DEL 4 DE NOVIEMBRE DE 2022

1. Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
 
- La bonificación para vehículos de más de 25 años ya existía y se mantiene.
- Se introduce la bonificación del 75% para vehículos en función del motor: Debe solicitarse antes del 31 de diciembre de 2022 para su aplicación en 2023, mediante el formulario del OPAEF 02.11 que presentarán en Registro General del Ayuntamiento u oficinas del OPAEF. **Estas BONIFICACIONES tendrán efecto a partir del ejercicio siguiente a la fecha de su Solicitud y no pueden tener carácter retroactivo.
 
2. Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles
 
- Se introduce la bonificación del 25% para Placas Solares: Debe solicitarse antes del 31 de diciembre de 2022 para su aplicación en 2023, mediante el formulario del OPAEF 01.02 que presentarán en registro. **Esta bonificación será otorgada por el plazo de 3 años improrrogables desde la solicitud.
 
3. Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa sobre canales y Salientes
 
No se girará Tasa por canales y salientes a partir del año 2023, informándose al respecto que no hace falta solicitarlo!
 
4. Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa  por Entrada de Vehículos 
 
No se girará Tasa por entrada de vehículos a partir de 2023 si no disponen de placa de vado. No hace falta solicitarlo!
- Los importes de la tasa para quienes dispongan de placa de vado se mantienen.
 
IMPRESO DE SOLICITUD DE BONIFICACIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES POR APROVECHAMIENTO DE LA ENERGÍA SOLAR - MODELO 01.02 OPAEF
Nombre Tamaño Tipo
Solicitud bonif placa solar 1.015,68 KB