BANDO ¿ELIMINACIÓN DE RESTOS DE PODA DEL OLIVO¿

BANDO “ELIMINACIÓN DE RESTOS DE PODA DEL OLIVO”

11/05/2021

BANDO_Eliminación restos Poda

Desde el Ayuntamiento de Benacazón te informamos que el “barrenillo”, “pulgón” o “palomilla” (Phloesotribus Scarabaeoides Bern) es un insecto que puede causar graves daños en zonas cercanas a los núcleos de población rural donde se almacena leña procedente de la poda. Ahí o en árboles debilitados realiza la fase de reproducción, lo que hace de esta leña un foco de infestación desde donde los nuevos adultos invaden los olivares más próximos.

La normativa reguladora con relación a dicho insecto y que está vigente en la actualidad se relaciona a continuación:
- Orden de 2 de noviembre de 1981. Establece que los restos de poda de olivos que no sean destruidos en el propio olivar por el fuego o mediante trituración deberán guardarse, antes del día primero de mayo, en lugares herméticamente cerrados, entendiéndose como tales las leñeras de obra civil, techadas al menos con cielo raso, con puertas y ventanas tabicadas; zanjas o trincheras, quedando la leña cubierta con un espesor mínimo de 25 centímetros de tierra, o albercas, en las que la leña quede cubierta por el agua.

- Orden de 10 de marzo de 1982. Establece que los lugares donde se almacenen las leñas procedentes de la poda de los olivos deberán quedar herméticamente cerrados desde primeros de mayo, no pudiendo proceder a su apertura hasta los primeros días del mes de noviembre. En el caso de la quema, si la explotación no está ni en Zona de Peligro de Incendios ni en Zona de Influencia Forestal, no hay restricciones respecto a esta práctica.